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Según Resolución 806/2018 fechada el 4 de abril y publicada en el Boletín Oficial, se dispone que las cooperativas y mutuales que sean sujetos obligados a informar, de conformidad con la Resolución UIF 11/2012, deberán comunicar al INAES bajo la forma de declaración jurada, la cantidad de reportes de operaciones sospechosas (ROS), de lavado de activos o de financiación del terrorismo que hayan presentado ante la Unidad de Información Financiera.
En el caso de no haber presentado ningún ROS en el período, deberán efectuar un reporte negativo confirmando tal situación.

La información debe ser presentada en forma trimestral en cada ejercicio social y dentro de los 10 días corridos posteriores a la finalización del trimestre, por transmisión electrónica al sitio web del INAES. Respecto al primer trimestre del año 2018, la información debe presentarse dentro de los 60 días desde la entrada en vigencia de la resolución.

La resolución completa puede consultarse en: www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/181628/20180413

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