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NUEVOS VALORES CUOTA SOCIAL 2do semestre 2022

Por medio de la presente tenemos el agrado de dirigirnos a Uds. a los efectos de recordarles que de acuerdo a lo aprobado en Asamblea de Asociados de manera unánime, se estableció que la cuota social se modificará conforme las variaciones porcentuales que experimente el Convenio UTEDYC-CAM. El acuerdo arribado con UTEDYC suscripto en Buenos Aires el 1 de Agosto de 2022 establece un aumento escalonado del 43% base Febrero de 2022. El incremento en las cuotas sociales regirá para los meses de Septiembre, Octubre y Diciembre 2022.

Cuota SEPTIEMBRE 2022: Incremento 20%

 El monto que resulte de aplicar el valor de $ 6,064 por cada asociado que tenga la entidad asociada. Determinándose un mínimo de $ 6.064,00 (correspondiente a la cantidad de 1.000 asociados) y un máximo de $ 90.960,00 (correspondiente a 15.000 asociados).

Para aquellas mutuales que cuenten con el servicio de ayuda económica, su base mínima es sobre 3.000 asociados ($ 18.192,00).

Cuota OCTUBRE 2022: Incremento 13%

El monto que resulte de aplicar el valor de $ 6,593 por cada asociado que tenga la entidad  asociada. Determinándose un mínimo de $ 6.593,00 (correspondiente a la cantidad de 1.000 asociados) y un máximo de $ 98.895,00 (correspondiente a 15.000 asociados).

 

Para aquellas mutuales que cuenten con el servicio de ayuda económica, su base mínima es sobre 3.000 asociados ($ 19.779,00).

Cuota DICIEMBRE 2022: Incremento 10%

 

El monto que resulte de aplicar el valor de $ 7,00 por cada asociado que tenga la entidad  asociada. Determinándose un mínimo de $ 7.000,00 (correspondiente a la cantidad de 1.000 asociados) y un máximo de $ 105.000,00 (correspondiente a 15.000 asociados).

 

Para aquellas mutuales que cuenten con el servicio de ayuda económica, su base mínima es sobre 3.000 asociados ($ 21.000,00).

 

 

A efectos de determinar el valor de la cuota les sugerimos tener en cuenta la cantidad de asociados declarados en la liquidación que se envía mensualmente al INAES en concepto de pago del Art. 9º.

JUNTA DE GOBIERNO

FEDERACIÓN PROVINCIAL DE MUTUALIDADES DE CÓRDOBA

 

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